domingo, 6 de abril de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO ACLARA A HAMMER VILLENA

MINISTERIO DE TRABAJO ACLARA QUE INSCRIPCIÓN DE FEDERACIÓN NACIONAL DE EDUCADORES DEL PERÚ EN REGISTRO SINDICAL, SE AJUSTÓ A LEY
:: Publicado el 04/04/2014
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ante imputaciones de un dirigente del SUTEP, señala expresamente que toda Federación que cumpla con presentar los requisitos exigidos en los Convenios 87 y 98 de la OIT, la Constitución Política del Perú y la normativa interna; la Autoridad Administrativa de Trabajo está obligada a inscribirla de forma automática inscripción en el Registro Sindical, porque de lo contrario se expondría a una eventual denuncia por Abuso de Autoridad.
Que, este es el caso de la Federación Nacional de Educadores del Perú – FENDEP, a la que la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos del Ministerio de Trabajo verificó el cumplimiento de la presentación formal de los requisitos de Ley y procedió a su inscripción en el referido registro.  Dejando constancia este Sector, que en el Expediente Administrativo, NO OBRA escrito alguno por parte del SUTEP u otra organización, formulando oposición o denuncia sobre la participación de personas presuntamente vinculadas a actividades subversivas, como la efectuada el día de ayer por un dirigente a través de un medio de prensa de alcance nacional.
De haberse comunicado oportunamente presuntos hechos delictivos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se hubiera procedido inmediatamente a ponerlos en conocimiento del Ministerio Público para su correspondiente investigación como entidad responsable de la persecución del delito.
El MTPE expresa y reafirma su posición de garantizar que en los procedimientos a su cargo, se respeten estrictamente la legalidad y el ordenamiento que los rige.
Como se sabe, para acceder al Registro Sindical, las Federaciones requieren presentar una solicitud en forma de Declaración Jurada, adjuntando, además, en original o copias refrendadas por notario público o por el Juez de Paz: a) El Acta de Asamblea General, de constitución de la Federación donde consten nombres, apellidos, DNI´s y firmas de los asistentes, denominación del organismo sindical, aprobación de estatutos y nómina de la Junta Directiva elegida, indicando su vigencia; b) Estatutos; y c) La relación de afiliados debidamente registrados por la Autoridad Administrativa de Trabajo, indicando el número de registro o resolución de inscripción y la dependencia en donde se encuentra inscrito.

Lima, 4 de abril de 2014

OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL DEL MTPE
630-6000 / 630-6030 / 630-6060 anexos 6018, 6033 y 6043

MINIST

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