lunes, 26 de mayo de 2014

DIRIGENTE REGIONAL DEL SUTE CUSCO, VISITA SICUANI Y CHUMBIVILCAS ESTA SEMANA



El profesor Augusto Idme Ramos, está visitando las provincias de Canchis, este miércoles 28 de mayo y el 30 de mayo estará en Santo Tomas en chumbivilcas; en estas provincias hablara  sobre situación educativa regional y nacional y dará a conocer sobre la labor sindical a su cargo, a los profesores que asistan a los eventos pedagógicos y sindical

Y SABE,

 ¿CÓMO SERA LA EVALUACIÓN EXCEPCIONAL PARA DIRECTORES?

Tendrán tres horas y media para resolver ambos exámenes.


Dos pruebas, una de 25 preguntas cerradas y otra sobre dos casos prácticos, contendrá la evaluación excepcional que rendirán, en agosto próximo, los 14,600 docentes que ejercen el cargo de director y subdirector en escuelas públicas del país, informó hoy el Ministerio de Educación (Minedu).

Las 25 interrogantes estarán referidas a la comprensión lectora de cinco textos referidos al ejercicio directivo, señaló a la agencia Andina, Giuliana Espinosa, directora general de Desarrollo Docente del Minedu.

En tanto, los casos prácticos estarán vinculados a la habilidad del docente para resolver conflictos entre los actores de la institución educativa, así como para ejercer un acompañamiento y liderazgo pedagógico en la escuela, anotó.

En el caso de los maestros que ejercen como directores y subdirectores de colegios donde la lengua materna de los estudiantes es distinta del castellano (quechua, aymara y lenguas amazónicas), deberán acreditar el dominio del idioma respectivo.

Al respecto, la funcionaria refirió que el Ministerio de Educación tiene una relación de docentes certificados en el dominio de lenguas originarias, quienes ya no tendrán que ser evaluados. Aquellos que no estén certificados deberán rendir el examen de suficiencia ante expertos de las Direcciones Regionales de Educación y de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe del Minedu.

"Es muy importante que el director sepa comunicarse con los alumnos del centro educativo que administra y los familiares de estos en su lengua originaria", remarcó.

El tiempo total que tendrán los evaluados para resolver las dos pruebas escritas el mismo día (será un domingo) durará tres horas y media, anotó.

Espinosa Pezzia refirió que el contenido de ambos exámenes está siendo elaborado por el Ministerio de Educación, con el concurso de especialistas y expertos. "Se está tomando todas las previsiones para contar con instrumentos de evaluación de buena calidad", afirmó.

Calificación

La directora general de Desarrollo Docente explicó que la evaluación será cancelatoria; es decir, solo aquellos docentes que logren el puntaje mínimo en la primera prueba de comprensión lectora podrán continuar y se les calificará el examen sobre los dos casos de gestión en la escuela.

Los resultados de la primera prueba se conocerán en la semana posterior al examen, y días después se conocerán los resultados del examen sobre solución de casos y sobre dominio del idioma, así como el puntaje total para determinar la asignación de vacantes en estricto orden de mérito.

domingo, 25 de mayo de 2014

Evaluación excepcional de directivos de instituciones educativas

El Ministerio de Educación anuncia la próxima realización de la evaluación excepcional de directivos (directores y subdirectores) de instituciones educativas, a través de la cual se evaluará a los docentes que ejercen funciones directivas en instituciones educativas públicas de Educación Básica o Técnico Productiva en función de normas derogadas por la Ley de Reforma Magisterial.
Esta prueba evaluará de manera objetiva, transparente y meritocrática a los profesores que actualmente ejercen funciones directivas a fin de designar en el cargo a los profesores que demuestren contar con las habilidades requeridas para desempeñarse con idoneidad en la conducción de las instituciones educativas públicas.
La relación de profesores sujetos a evaluación se publicará en los próximos días en el portal web del Ministerio de Educación.

R. M. Nº 204-2014-MINEDU - Aprueban Norma Técnica denominada «Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial» MED

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2014-MINEDU
Lima, 21 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y modificado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MINEDU, establece que los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa o en instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, de Educación Básica o Técnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestión educativa descentralizadas, en el marco de las normas derogadas por la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, serán evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeño en el cargo, a fin de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente.
Los requisitos, procedimientos e instrumentos específicos que se utilizarán en la referida evaluación excepcional son aprobados por el Ministerio de Educación, mediante resolución ministerial;
Que, mediante Oficio Nº 178-2014-MINEDU/VMGPDIGEDD e Informe Técnico Nº 060-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, el Director General de Desarrollo Docente solicita la aprobación de las normas que regulen la organización, implementación y ejecución de la evaluación excepcional regulada en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. Asimismo, propone que la designación de los Coordinadores y Subcoordinadores Regionales y la conformación de los Comités de Vigilancia requeridos para la referida evaluación excepcional, cuente con periodicidad anual, a fin que las personas designadas asuman dichas funciones en los diferentes procesos de evaluación que convoque el Ministerio de Educación en el año 2014;
Que, en relación al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013, convocado mediante Resolución Ministerial N° 0460-2013-ED, y suspendido mediante Resolución Ministerial N° 0568-2013-ED, la referida Dirección indica que con Informe Técnico N° 008-2014-MINEDU/SPE-OFIN-JCLA, la Oficina de Informática del Ministerio de Educación señala que el Instituto Nacional de Estadística e Informática no puede determinar con precisión la cantidad de postulantes que concluyeron la Prueba Nacional Clasificatoria del primer turno del 16 de noviembre del 2013, lo cual afecta directamente la capacidad de trazabilidad respecto del rendimiento de las pruebas, así como, la idoneidad, confiabilidad y transparencia del referido Concurso;
Que, al respecto, la Dirección General de Desarrollo Docente refiere que resulta necesario ampliar el alcance del Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, a fin de incorporar las plazas directivas de instituciones educativas públicas de Educación Básica Especial (EBE), Educación Básica Alternativa (EBA), Educación Técnico Productiva (ETP) e instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, que sean declaradas vacantes en la evaluación excepcional a la que se refiere la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. Asimismo, la referida Dirección General, señala que resulta conveniente actualizar y mejorar los instrumentos de evaluación utilizados en el Concurso antes mencionado, sobre la base de las competencias que se derivan de criterios de buenas prácticas de gestión escolar identificados por el Ministerio de Educación como parte del proceso de construcción del Marco de Buen Desempeño del Directivo;
Que, por las consideraciones antes expuestas, resulta necesario dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 0262-2013-ED, 0460-2013-ED, 0479-2013-ED, 0501-2013-ED, 0531-2013-ED, 0548-2013-ED, 0558-2013-ED y 0568-2013-ED, relacionadas con la realización del Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3º.- Disponer que la designación de los Coordinadores y Subcoordinadores Regionales y la conformación de los Comités de Vigilancia requeridos para la evaluación excepcional, prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, tengan periodicidad anual, a fin que asuman funciones en los diferentes procesos de evaluación que convoque el Ministerio de Educación en el año 2014.
Artículo 4º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 0262-2013-ED, 0460-2013-ED, 0479-2013-ED, 0501-2013-ED, 0531-2013-ED, 0548-2013-ED, 0558-2013-ED y 0568-2013-ED, relacionadas con la realización del Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013.
Artículo 5º.- Disponer que la Dirección General de Desarrollo Docente proponga, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, la Norma Técnica del concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial.
Artículo 6º.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación


jueves, 22 de mayo de 2014

EVALUACIÓN EXCEPCIONAL PARA

 DESEMPEÑO DE DIRECTORES

A quienes aprueben se les asignará la plaza por 3 años.


El Ministerio de Educación evaluará, de manera excepcional, a los profesores que vienen ejerciendo funciones de directores en instituciones educativas públicas de gestión directa o en colegios públicos de gestión privada por convenio (parroquiales), de Educación Básica o Técnico Productiva, según dispone un Decreto Supremo publicado hoy en El Peruano.

La norma, que incorpora la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece que estos directores serán evaluados en las habilidades requeridas para el desempeño del cargo.

La aprobación de dicha evaluación determinará la asignación de la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente.

Los requisitos, procedimientos e instrumentos específicos que se utilizarán en esta evaluación excepcional serán aprobados por el Ministerio de Educación (Minedu) mediante Resolución Ministerial, precisa.

Este procedimiento de evaluación excepcional se establece a fin de garantizar el desarrollo del concurso antes mencionado y la continuidad del servicio educativo durante este año.

Permanencia hasta el 2014

El Decreto Supremo señala que los profesores que no aprueben la evaluación excepcional, sean retirados del procedimiento de evaluación, no se presenten a la evaluación excepcional, o incumplan los requisitos establecidos por el Minedu para ejercer funciones de director o subdirector, permanecerán desempeñando dicha función, según corresponda, hasta el término del año 2014.

A partir del inicio del año escolar 2015, estos docentes retornarán al cargo de docente de aula en la institución educativa de origen o en una similar de la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) a la que pertenece dicho plantel.

De no ser posible la reubicación del profesor en ninguna institución educativa de la referida UGEL, este será reubicado en otra institución educativa similar de la UGEL más cercana en la misma región.

Según la norma, se declararán vacantes las plazas ocupadas por los profesores que se encuentren en alguna de las condiciones descritas líneas arriba y se incorporarán en la primera convocatoria del concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial.

Los profesores que ocupan cargos directivos por encargo se rigen por lo dispuesto en el subcapítulo IV del Capítulo XIV del Reglamento, indica el Decreto Supremo.



Incorpora Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED


DECRETO SUPREMO Nº 003-2014-MINEDU


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 13 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, para el logro de la calidad de la educación, es necesario contar con una carrera pública docente y administrativa en todos los niveles del sistema educativo, que incentive el desarrollo profesional y el buen desempeño laboral;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que la Carrera Pública Magisterial rige en todo el territorio nacional, es de gestión descentralizada y tiene como objetivos, entre otros: i) contribuir a garantizar la calidad de las instituciones educativas públicas, la idoneidad de los profesores y autoridades educativas y su buen desempeño para atender el derecho de cada alumno a recibir una educación de calidad; ii) promover el mejoramiento sostenido de la calidad profesional e idoneidad del profesor para el logro del aprendizaje y del desarrollo integral de los estudiantes; y, iii) determinar criterios y procesos de evaluación que garanticen el ingreso y la permanencia de profesores de calidad; Que, el artículo 13 de la referida Ley, prescribe que en la Carrera Pública Magisterial se realizan las siguientes evaluaciones: a) evaluación para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial; b) evaluación del desempeño docente; c) evaluación para el ascenso; y d) evaluación para acceder a cargos en las áreas de desempeño laboral;

Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, dispone que en la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley Nº 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley Nº 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en dicha Ley;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 518-2012-ED, prescribe como una política priorizada del Sector Educación al 2016, la formación y desempeño docente en el marco de una carrera pública renovada, cuyo objetivo estratégico es asegurar el desarrollo profesional docente, revalorando su papel, en el marco de una carrera pública centrada en el desempeño responsable y efectivo, así como de una formación continua integral;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2013-ED se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, el cual establece los requisitos generales para postular a los cargos de las distintas áreas de desempeño laboral (gestión pedagógica, gestión institucional, formación docente, e innovación e investigación) y regula, entre otros, los procesos de evaluación para el acceso a cargos y evaluación de desempeño en el cargo;

Que, es necesario implementar un procedimiento de evaluación excepcional que permita asignar plazas de director o subdirector, en el marco de la normativa vigente, a los profesores que se desempeñan como directores y subdirectores en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva; así como, en instituciones educativas públicas por convenio, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestión educativa descentralizadas, con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29944, y cuyo resultado no implica un ascenso de escala magisterial ni un aumento de remuneraciones. Asimismo, el referido procedimiento permitirá que las plazas que resulten vacantes luego de esta evaluación excepcional sean incluidas en el concurso a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944;

Que, en tal virtud, a fin de garantizar el desarrollo del concurso antes mencionado y la continuidad del servicio educativo durante el año 2014, se establece el referido procedimiento de evaluación excepcional;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificación del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED

Incorpórese al Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria, en los términos siguientes:

"DECIMA PRIMERA: Procedimiento excepcional de evaluación para los profesores que se desempeñan como director o subdirector en Instituciones Educativas

Los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa o en instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, de Educación Básica o Técnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestión educativa descentralizadas, en el marco de las normas derogadas por la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, serán evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeño en el cargo.

La superación de dicha evaluación determina la asignación de la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente.

Los requisitos, procedimientos e instrumentos específicos que se utilizarán en esta evaluación excepcional serán aprobados por el MINEDU mediante Resolución Ministerial.

Los profesores que: i) no aprueben la mencionada evaluación excepcional, ii) sean retirados del procedimiento de evaluación, iii) no se presenten a la evaluación excepcional, o iv) no cumplan los requisitos establecidos por el MINEDU para ejercer funciones de director o subdirector, permanecerán desempeñando dicha función, según corresponda, hasta el término del año 2014; retornando al cargo de docente de aula en la institución educativa de origen o en una similar de la jurisdicción de la UGEL a la que pertenece la referida institución, a partir del inicio del año escolar 2015. De no ser posible la reubicación del profesor en ninguna institución educativa de la referida UGEL, este será reubicado en otra institución educativa similar de la UGEL más cercana en la misma región.

Se declararán vacantes las plazas ocupadas por los profesores que se encuentren en alguna de las condiciones descritas en el párrafo precedente y se incorporarán en la primera convocatoria del concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley.

En dicha convocatoria, podrán presentarse los profesores mencionados en el párrafo precedente.

Los profesores que ocupan cargos directivos por encargo se rigen por lo dispuesto en el subcapítulo IV del Capítulo XIV del presente Reglamento."

Artículo 2°.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del años dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

lunes, 19 de mayo de 2014

ESTUDIANTES DE ILO CREAN PIZARRAS INTELIGENTES A BAJO COSTO Y VIAJAN ESTADOS UNIDOS

Joseph Centurión y Bruno Esquivel hicieron el dispositivo con 50 soles. Es 280 veces más barato que las que ofrece el mercado.


HERBERT HOLGUÍN V. (@hrbrthlgn)
Desde Los Ángeles, EE.UU.

Joseph Centurión y Bruno Esquivel, dos adolescentes de 15 años, pueden ver con malos ojos al que les diga que la televisión solo sirve para perder el tiempo. Para estos escolares de Ilo, en Moquegua, "ver la tele" fue el inicio de una pasión por la ciencia que los ha traído hasta Los Ángeles, California. Aquí, la pizarra inteligente que diseñaron en el colegio San Luis de su ciudad compite con los mejores proyectos escolares de todo el planeta.

Los dos amigos coinciden en que lo que despertó su imaginación e interés por los inventos fueron los programas científicos. "Yo veía TEC, los programas de Discovery y demás, y me preguntaba si podía hacer todo lo que veía a bajo precio", nos cuenta Joseph. Bruno, por su parte, también recuerda el incentivo que recibió de parte de sus padres: a los tres años se subió a una silla y empezó a jugar en una computadora. Sus padres nunca lo alejaron de la máquina.

La Intel International Science and Engineering Fair (INTEL-ISEF 2014) se desarrolla cada año en distintas ciudades de Estados Unidos. En esta ocasión la capital de California alberga en estos días a cerca de 1800 estudiantes de 78 países del mundo que, al igual que Joseph y Bruno, han llegado con el proyecto de ciencias y sus sueños bajo el brazo.

Pero la feria va más allá de una competencia. Hace dos días, por ejemplo, tuvieron la oportunidad de hablar con cuatro premios Nobel de Física, Química y Medicina, y decenas de los mejores científicos de Estados Unidos les han dado sugerencias para optimizar su creación.

UNA PIZARRA INTELIGENTE
Las pizarras interactivas pueden llegar a costar en el Perú 14 mil soles o más. Bruno y Joseph gastaron 50 soles para crear la suya. El sistema es simple: un lápiz que lleva una luz infrarroja, una computadora y un mando de Wii. Este mando, vía Bluetooth manda a la computadora la información emitida por el lápiz infrarrojo y, con un proyector, convierte toda superficie en táctil.

En conversación con El Comercio, estos alumnos de cuarto grado de secundaria dicen que buscaron solucionar un problema presente en todo país como el nuestro: la falta de herramientas modernas para que los alumnos se sientan atraídos por las clases. Escucharlo de chicos de su edad hace inevitable sentir fe en que el futuro puede ser mejor que el presente.

Hay proyectos que se centran en algo para uno mismo. "Nosotros queremos ayudar, utilizar nuestro proyecto que, al ofrecer algo a bajo precio, llegue a lugares a dónde sería imposible comprar una pizarra de marca", dice Bruno. "Los alumnos pueden mejorar sus notas y los profesores pueden mejorar su forma de enseñar", continúa Joseph.

En efecto, los beneficios son para todos. Los chicos cuentan que muchos profesores son reacios a las nuevas tecnologías por lo complejas que les resultan; para un maestro cuyo único contacto con internet es su correo electrónico, una pizarra llena de botones y funciones hace que opten por seguir con las pizarras verdes y tiza. "Nuestra pizarra es muy sencilla, se van a animar a usarla", dicen los dos casi en coro.

Su invento ha recibido varios comentarios del resto de participantes y de los científicos que recorren los pasillos del Centro de Convenciones de Los Ángeles, sede del INTEL-ISEF 2014. "Un jurado se ha ofrecido a donarnos más luces infrarrojas para que sigamos con nuestro proyecto", dice uno. "Nos preguntan si ha habido interés en nuestro país para llevar nuestras pizarras a todos los colegios", suelta otro.

La pizarra inteligente de estos jóvenes peruanos se usa en algunos grados de primaria, en su colegio de Ilo. Su sueño pendiente de hacerse realidad es que su invento sirva en otros colegios de nuestro país. Por lo pronto sueñan con estudiar Ingeniería o algo relacionado a la ciencia. Pensaban en hacerlo en Arequipa, pero este viaje ha hecho que se den cuenta de que, con su ingenio, el mundo les puede dar todas las oportunidades que deseen.

domingo, 18 de mayo de 2014

El Sutep Cusco persistirá en que la Ley de la nueva reforma magisterial sea declarada inconstitucional.

Maestros esperanzados que TC haga de lado Ley de Reforma Magisterial al existir aún varias demandas que quedan por resolver.



El secretario general del Sindicato Unitario de Trabajadores en la educación del Perú, SUTE Regional Cusco, profesor Augusto Idme dijo que el gremio magisterial continuará exigiendo que la Ley de la Reforma Magisterial sea declarada inconstitucional.

Sostuvo que para este propósito existen varias demandas que debe resolver el tribunal Constitucional, por lo que el dirigente no pierde la esperanza de que dicha Ley sea dejado de lado, puesto que en opinión de los maestros vulnera sus derechos.

Estas versiones fueron dadas a conocer por el dirigente magisterial luego de que el fin de semana el Tribunal Constitucional, rechazo la demanda de inconstitucionalidad que presentaron 35 congresistas de la república.

Ante la decisión asumida por el Tribunal Constitucional, ha manifestado que en algunas bases de las regiones del país, iniciaron las primeras jornadas de lucha, como son las vigilias en Arequipa, Ica, Cerro de Pasco, entre otras; no descarta que Cusco lo haga lo mismo.

"Con la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional, lo único que hacen es atentar a los derechos de los maestros del país, lo cual indica que no se está cumpliendo con lo que estipula la Constitución Política" subrayó el docente.

En ese sentido el dirigente magisterial pidió a sus colegas unidad para lograr que dicha Ley sea declarada inconstitucional, sin que esto signifique el inicio de medidas de fuerza en los siguientes días.
INFORMACIÓN DE MOMENTO:
MINEDU DESIGNA NUEVO JEFE PERSONAL DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Designan Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración y encargan funciones de Jefe de la Oficina de Trámite Documentario, dependientes de la Secretaría General del Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2014-MINEDU

Lima, 16 de mayo de 2014

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0508-2011-ED se designó al señor JUAN ENRIQUE MEJIA ZULOETA, como Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación;

Que, con Resolución Ministerial N° 0194-2012-ED se designó al señor CARLOS RICARDO WONG VELARDE, como Jefe de la Oficina de Trámite Documentario, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación;

Que, el señor JUAN ENRIQUE MEJIA ZULOETA ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando;

Que, en consecuencia resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Unidad de Personal;

De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JUAN ENRIQUE MEJIA ZULOETA al cargo de Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Dar por concluida la designación del señor CARLOS RICARDO WONG VELARDE como Jefe de la Oficina de Trámite Documentario dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación.

Artículo 3.- Designar al señor CARLOS RICARDO WONG VELARDE, como Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación.

Artículo 4.- Encargar las funciones de Jefe de la Oficina de Trámite Documentario, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, al señor CARLOS RICARDO WONG VELARDE, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular del referido cargo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

sábado, 17 de mayo de 2014

 SEGÚN EL SUTEP, patria roja, NO HABRÁ CONCURSO DE DIRECTORES

Para muchos colegas, esto era de esperar, no por el dialogo que sostiene MINEDU y el SUTEP, de patria roja, sino por que el Ministerio de Economía, no avala un presupuesto sostenible, para garantizar el pago a los directores y subdirectores ganadores de un posible concurso.
Es de esperar que la evaluación de desempeño, estará dirigida a matar y desprestigiar, como siempre hace el gobierno, o en su efecto; como lo hacía el APRA, para ingresar a la Carrera Pública Magisterial, se vendían las pruebas y ayudaban a partidarios.

Esto es lo señalan los amigos del SUTEP como un gran logro, cuando tenemos a miles de profesores con sueldos de  miseria, que va de 850 hasta 1500, y con mucha discriminación.

jueves, 15 de mayo de 2014

INFORMACIÓN IMPORTANTE

5 COSAS QUE DEBES SABER PARA ENTENDER LA HUELGA MÉDICA NACIONAL


Ayer el Dr. Jesús Bonilla, presidente de la Federación Médica Peruana, lideró una huelga indefinida para exigir un sueldo por cada cumpleaños, entre otras cosas.
Foto: RPP/Rosario Coronado
Happy Birthday Mr. President. Foto: RPP/Rosario Coronado
A pesar de llegar a un acuerdo con el Minsa en agosto del año pasado, los médicos tienen un nueva lista de reclamos. ¿Cuáles son? ¿Por qué quieren un sueldo por cada cumpleaños? ¿Qué ha dicho la ministra? Traaanquilo. Aquí te traemos 5 datos para entender qué onda con los médicos. Así podrás lucirte en Mister Fish este fin de semana.

1. El año pasado se llegó a un acuerdo entre la Federación y el Ministerio

Firmando el acuerdo que pone fin a la huelga. Fools. Fuente: RPP
Firmando el acuerdo que pone fin a la huelga. Fools. Fuente: RPP
Como decíamos, el año pasado se firmó un acuerdo que ponía fin a la huelga médica de ese entonces. En el acta se aprobaron varias cositas:
  • Un aumento de mil quinientos soles en todos los niveles.
  • Las guardias seguirían pagándose igual.
  • Compensaciones económicas a médicos cirujanos y médicos especialistas bajo ciertos requisitos.
Además, Óscar Ugarte – actual jefe del Instituto de Gestión de Servicios de Salud – afirma que se han establecido bonificaciones aparte de las que aparecen en el acta firmada. Sin embargo, esto no parece ser suficiente.

2. La Federación exige más sueldos y mejores

Decano del Colegio Médico, César Palomino. Foto:
A-HO-RA. Foto: Correo
  • Nueva escala remunerativa.
  • Cuatro sueldos (por Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo, Escolaridad y Cumpleaños) y un bono por cierre de pliego.
  • Nuevos costos de las guardias hospitalarias y comunitarias.
  • Compensaciones económicas a médicos cirujanos y los que estén debidamente titulados sin que existan requisitos.
  • Aumentar la cobertura de pago de zona de “menor desarrollo y fronteras”.
¿Es cierto que no se han cumplido los acuerdos? ¿Qué tiene que decir el Minsa? Veamos.

3. “Espera, ¿un sueldo por cumpleaños? ¿Leí bien?”

Sí, aunque el mismo presidente de la Federación parece no estar muy seguro.
Documento original aquí
Documento original aquí
En esta entrevista, primero explica que fue negociado y aprobado en la gestión de Óscar Ugarte en 2007. Luego, precisa que no era exactamente por cumpleaños. Y, finalmente, asegura que fue un error tipográfico.
Bueno, cualquiera se entusiasma. Ahora sí, veamos la respuesta del Ministerio de Salud.

4. Ministra de Salud asegura que se están cumpliendo los acuerdos

En pocas palabras, ha dicho que Foto: Perú21
Foto: Perú21
Midori de Habich, responsable del Minsa, asegura que “se vienen cumpliendo los acuerdos suscritos” con la Federación. Además, explica que el acta tiene recién 8 meses, por lo que se encuentra en plena ejecución. El ministerio ha publicado este recuadro con cada uno de los acuerdos y su situación actual:
acuerdos_minsa
Clic para ver en tamaño completo.
Por nuestra cuenta también podemos verificar si se está cumpliendo con los aumentos. Una primera forma es accediendo a la Escala Remunerativa del Hospital Hipólito Unanue (donde trabaja el presidente de la Federación). Dentro de cada archivo, podemos ver lasremuneraciones a los médicos por cada mes.
Si sacamos la remuneración por persona mensual y jugamos con los números, nos sale este gráfico:
grafico_medicos_uno
No somos Aniversario Perú, pero pueden ver cómo en Agosto (mes en que se llega a un acuerdo con el Minsa) las remuneraciones por persona aumentan. Suponiendo que exista algún error en el procesamiento de datos (que pueden ver aquí), aún queda un segundo método de verificación.
Accedimos a las boletas de pago de Jesus Bonilla, presidente de la Federación de Médicos. Mientras en julio y agosto de 2013 sus ingresos no llegaban a los cuatro mil soles
boleta_julio_2013boleta_agosto_2013
…en febrero, marzo y abril de 2014 sus ingresos superan los cinco mil soles:
boleta_febrero_2014
boleta_marzo_2014
boleta_abr_2014



5. MINSA: La huelga es improcedente e injustificada

Foto referencial. Fuente: El Comercio
Foto referencial. Fuente: El Comercio
El Ministerio de Salud ha sido claro en este punto: la huelga es improcedente. ¿La razón?
Según se publica en una resolución de hoy en el diario El Peruano, la protesta no es considerada válida porque el gremio médico no adjuntó ninguna prueba que acredite que, como dice el acta de Asamblea Extraordinaria Nacional, el paro fue acordado por unanimidad.
Además, asegura que el acta firmada tiene vigencia hasta el 2015. ¿Eso qué quiere decir?
el artículo 52° del D.S N° 010-2003-TR señala que “El pliego debe ser presentado no antes de sesenta (60) días ni después de treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de caducidad de la convención vigente (…)”
El Minsa ha advertido que se descontarán los días no trabajados y que se contratarán médicos para que no se perjudique a la población. Veamos cómo culmina esta vez.