martes, 12 de agosto de 2014

COMUNICADO A LOS DIRECTIVOS DEL 

PERÚ-SINDEP-
ACUERDOS NACIONALES Y OBLIGATORIOS:
1- APELACIÓN DE LA SENTENCIA DE LA 4ta SALA..
2- MOVILIZACIÓN NACIONAL DE LOS DIRECTIVOS: DÍA 20 DE AGOSTO EN LIMA, HORA CONCENTRACIÓN 9:00 AM. -PRESENCIA OBLIGATORIA; CADA SINDICATO PORTAR BANDEROLA DE SINDEP. DE SU REGIÓN Y PANCARTAS.
3- DECLARARSE EN REUNIONES PERMANENTES EN CADA REGIÓN
4- CONFERENCIA DE PRENSA.
5- PRONUNCIAMIENTO NACIONAL.
SE HA INICIADO LA GRAN CRUZADA EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS COLEGAS DIRECTIVOS, EXIGIENDO QUE SE CUMPLA LA LEY EN LO QUE RESPECTA A LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO EN EL CARGO, CON MUCHA CONFIANZA HEMOS ASUMIDO ESTE RETO Y ESTAMOS SEGUROS QUE NOS DARÁN LA RAZÓN, NOS FALTA MUCHO POR HACER, COLEGAS SIGUEN SALIENDO MEDIDAS CAUTELARES EN TODO EL PERÚ. NO DESMAYAR. ESTA GESTIÓN ES ENCAMINADA A LOGRAR NUESTRO OBJETIVO.
POR LA DIGNIDAD DEL DIRECTIVO
SINDEP! SINDEP! SINDEP!

SUTE REGIONAL CUSCO

 “Año de la Promoción de la industria responsable y del compromiso climático”
Cusco, agosto del 2014.
OFICIO CIRCULAR Nº 37-2014/CER/SUTE-C.
SEÑOR(a)           : SECRETARIO GENERAL DE BASE INSTITUCIONAL, DISTRITAL Y
                                  PROVINCIAL DEL SUTE DE LA REGION DE CUSCO
ASUNTO              : CONVOCA A PARO  DE 48 HORA DEL MAGISTERIO PARA 27 Y 28 DE AGOSTO
                                   Es grato dirigirme a usted, para hacerle llegar nuestro  saludo sindical a nombre del Comité Ejecutivo Regional del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación de la Región  Cusco, y a su vez informar que el viernes 8 de agosto, el pleno de  dirigentes provinciales conjuntamente con el Comité Ejecutivo Regional, acordaron promover un PARO DE 48 HORAS DEL MAGISTERIO, exigiendo al gobierno central mayor presupuesto para remuneraciones de docentes, los mil millones de soles para remuneraciones es insuficiente, el cual solo será destinado para los colegas que logren alcanzar la mayor calificación en la evaluación excepcional de ubicación de escalas, en un promedio de 50 mil cupos y los casi 150 mil docentes se mantendrían en primera escala.
 La plataforma mínima de lucha:
  • Una base remunerativa y de pensiones sobre los 3 mil soles para todos los maestros, sin diferencias ni discriminaciones.
  • Mayor presupuesto para todos los colegas que aprueben la evaluación excepcional de ubicación de escala, exigimos más de cien mil cupos a  nivel nacional.
  • Pago de la deuda social a los maestros, en especial a los que provienen de la Ley del Profesorado N° 24029; por conceptos de 20, 25 y 30 años de servicio y subsidios de luto y sepelio. Y el 30 % por preparación de clases.
  • Destitución de funcionarios involucrados en irregularidades en sector educación de Cusco ( UGELs Canchis, Canas, Paucartambo, La Convención, Cusco, …)
                                   La convocatoria a todos los maestros del 27 de agosto es en la Plaza Túpac Amaru, a partir de las 9 de la mañana.
¡Solo la unidad nos hará fuertes e invencibles!
¡Sin luchas no hay victorias!
Atentamente,


Augusto Idme Ramos
CONCURSO EN CAMINO


El ministro de Educación, Jaime Saavedra Chanduví, anunció que en enero de 2015 se realizará un nuevo concurso público de nombramiento para docentes en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.

El titular del sector educación, Jaime Saavedra expresó que es necesario trabajar con mayor exigencia en el ingreso a la carrera docente y reconoció que existe un embalse en este tema, por lo que se tiene que contratar a 55,000 docentes en todas las regiones.

Conocimientos 

"Brindaremos un incentivo de entrada a la carrera docente, con lo que daremos una buena señal a los jóvenes respecto a que pueden obtener mayores beneficios al ser docentes destacados", puntualizó.

Indicó que se implementará una política de Formación en Servicio, de tal manera que se establezca una ruta clara de capacitación, con el propósito de que los docentes conozcan en qué deben incrementar sus conocimientos y seguir formándose.

Saavedra se encuentra en una visita de trabajo en Huánuco, donde inspeccionó escuelas para conocer la situación de la educación en dicha zona. Conversó con autoridades educativas, alumnos y padres de familia. En Ambo, el ministro colocó la primera piedra para la ejecución de obras en ese colegio.
SALA LABORAL RESUELVE ACCIÓN POPULAR:
Tribunal superior desestima cuestionamientos presentados a este proceso extraordinario. 

La Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima convalidó la constitucionalidad de la evaluación de los directores y subdirectores de los colegios,  estatales emprendida por el Ministerio de Educación como parte de la Ley de la Reforma Magisterial. 

Dicho colegiado declaró infundada la acción popular interpuesta para que se declare la nulidad e inaplicabilidad del 
D. S. 003-2014-Minedu y las R.M. N° 204-2014-MINEDU y R.M. N° 214-2014-MINEDU que regulan esa evaluación extraordinaria. 

Sustentación 

En su sentencia recaída en el Expediente N° 00129-2014-0-1801-SP-LA-01, el tribunal superior determinó que la Ley N° 29944, 
Ley de Reforma Magisterial, en virtud de la cual se dictaron las mencionadas normas reglamentarias, se aplica en su integridad a los directores y subdirectores que hayan ingresado con normas anteriores, las que ya se encuentran derogadas. 

Así, dicha sala establece que la teoría de vigencia de normas en el tiempo es la de los hechos cumplidos, no existiendo ya la teoría de los derechos adquiridos en nuestro ordenamiento jurídico, sostuvo el laboralista Jorge Luis Acevedo Mercado al analizar la mencionada sentencia. 

A juicio del colegiado, dicha ley es clara y permite la evaluación de los directores y subdirectores para mantenerse en sus cargos, dado que uno de los principios de la reforma magisterial es la evaluación periódica, mecanismo que garantiza la calidad de la dirección de los colegios. 

Por tal motivo, la sala superior no aplica el principio de 
indubio operario, que supone que ante la existencia de una duda en la aplicación de una norma que no pueda ser resuelta aplicando los métodos usuales de interpretación jurídica, se debe preferir la interpretación más favorable a los trabajadores. 

Tampoco considera aplicable en este caso el principio de irrenunciabilidad de derechos, pues este supone que el sujeto que disponga de un derecho irrenunciable sea el propio trabajador y no el Poder Ejecutivo. 

A modo de colofón 

Con su fallo, la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima desestima los cuestionamientos al proceso de evaluación y asignación de plazas para directores y subdirectores de centros educativos, reveló Acevedo. Así se inicia una de las reformas más importantes del sector 
Educación en este siglo, agregó. La adecuada elección de un director y subdirector de centros educativos y su periódica evaluación son claves para garantizar la calidad de la educación de nuestros alumnos, subrayó.

domingo, 10 de agosto de 2014

Maestros programan paro de 48 horas a nivel regional

16:05 | CUSCO -
Dirigentes Provinciales, convocados por el Sute regional Cusco, el pasado viernes 8 de agosto, acordaron ir a un paro regional de 48 horas, los días 27 y 28 de agosto.
En comunicado manifiestan textualmente que si el gobierno no acepta destinar mayor presupuesto para los docentes que aprueben la evaluación excepcional de ubicación de escalas en tanto para tercera, cuarta, quinta y sexta escala promovida por el Ministerio de Educación para el 28 de setiembre del presente año.
Los delegados de las bases provinciales coincidieron en manifestar que: "los maestros no tenemos miedo ni nos corremos de la evaluación, como siempre da a conocer el gobierno, más por el contrario ellos deben demostrar que hay presupuesto para que todos por profesores que aprueben sean ubicados inmediatamente en la escala que les corresponde. Estamos en desacuerdo que el gobierno solo haya destinado para nuestra región, no menos de mil cupos, cuando en toda la región somos más 16 mil profesores".

viernes, 8 de agosto de 2014




Lima, 24 de julio de 2014 

CONSIDERANDO: 

Que, mediante la Sexagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2014, se dispuso que el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales 2014 es ejecutado en todas sus etapas, procesos y acciones, a partir de la vigencia de la referida Ley hasta el 31 de julio de 2014, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; para cuyo efecto, se le autorizó a destinar hasta un monto máximo de S/. 5 000 000,00 para gastos de monitoreo y supervisión de las actividades de mantenimiento de infraestructura y mobiliario de los locales escolares; 

Que, en este sentido, la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114 autorizó, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2014, al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por un monto de S/. 280 000 000,00, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiar el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2014; 

Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU, se delegó en la Secretaria General del Misterio de Educación, durante el año Fiscal 2014, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueben los Documentos Normativos del Ministerio de Educación; 

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 004-2014-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas para la ejecución del mantenimiento de los locales escolares de las Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional", que establece las etapas, procesos, procedimientos, criterios, responsabilidades, así como las disposiciones complementarias y formatos necesarios para llevar a cabo las acciones que conduzcan al cumplimiento del mantenimiento de la infraestructura educativa de las Instituciones Educativas públicas a nivel nacional del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2014; 

Que, mediante el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 001-2014, publicado el 11 de julio de 2014, que establece medidas extraordinarias para estimular la economía, se autoriza al Ministerio de Educación a financiar, con cargo a su presupuesto institucional, el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de Locales Escolares 2014, hasta por la suma de S/. 400 000 000.00, para la implementación de la estrategia para la reparación de instalaciones sanitarias y pintado de locales escolares, a nivel nacional. Para tal efecto, se prorrogó el plazo para la realización de todas sus etapas, procesos y acciones hasta el 31 de diciembre de 2014; 

Que, mediante el Informe 098-2014-MINEDU/VMGI-OINFE-UPLAN-MANTENIMIENTO, la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación - OINFE señala que, para la determinación del Padrón de Locales Escolares que serán beneficiados con la transferencia de los recursos autorizados por el Decreto de Urgencia N° 001-2014, con la implementación de la estrategia de reparación de instalaciones sanitarias y pintado de locales escolares, se han tenido en cuenta los criterios referidos a "Institución Educativa Activa", "Institución Educativa de Gestión A1 ó A4", e "Institución Educativa con un responsable de Mantenimiento designado con una cuenta abierta en el Banco de la Nación"; 

Que, en el referido Informe se precisa que, para la reparación de instalaciones sanitarias, considerando los montos que serán objeto de transferencia a los responsables de efectuar las acciones de mantenimiento de los locales escolares, sólo ha sido posible considerar aquellos locales que actualmente cuentan con una conexión a la red pública de agua y desagüe, o cuenten con pozo séptico, pozo ciego o pozo negro; toda vez que, aquellos locales que no cuenta con dicha infraestructura sanitaria requieren de mayores recursos, a través de la ejecución de proyectos de inversión pública, lo cual supera la autorización para la realización de acciones de reparación otorgada mediante el Decreto de Urgente N° 001-2014; 

Que, respecto del pintado de muros exteriores y cercos perimétricos de locales escolares, se señala que se considerarán todos los locales escolares del Padrón de Mantenimiento 2014, siempre que se encuentren activos y tengan por lo menos un (01) alumno matriculado; 

Que, considerando la primera intervención efectuada por el Ministerio de Educación durante el presente Año Fiscal 2014, mediante la transferencia de S/. 280 000 000,00 a los responsables del mantenimiento de los locales escolares a nivel nacional, en el marco de lo dispuesto por la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114; esta segunda intervención hasta por S/. 400 000 000.00, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 001-2014, tiene por objeto permitir la culminación del mantenimiento y reparación de las instalaciones sanitarias de los locales escolares, para mejorar las condiciones de habitabilidad y los niveles de salubridad actuales, así como la imagen de todos los locales escolares, con el pintado de sus muros exteriores y sus cercos perimétricos, en beneficio de toda la comunidad educativa; 

Que, de acuerdo con el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 001-2014, corresponde al Misterio de Educación, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario de aprobado el citado dispositivo legal, aprobar las disposiciones que resulten necesarias respecto a la asignación de las subvenciones para la implementación de la estrategia de reparación de instalaciones sanitarias y pintado de locales escolares, a nivel nacional, así como las disposiciones complementarias para la definición de las actividades que comprenden dicha estrategia, la aprobación y/o publicación de la base de datos de las instituciones educativas públicas, directores o responsables de las instituciones educativas públicas, escalas de asignación, responsabilidades y procedimientos para la apertura, manejo y cierre de cuentas en el Banco de la Nación u otras entidades bancarias determinadas para tal efecto, entre otros aspectos que resulten necesario para la implementación de la referida estrategia; 

Que, en este sentido, a través del Oficio N° 4728-2014-MINEDU/VMGI-OINFE de fecha 24 de julio de 2014, la OINFE solicita la aprobación de la Norma Técnica denominada "Norma Técnica para el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2014, según Decreto de Urgencia N° 001-2014", la cual tiene por finalidad regular las etapas, procedimientos, plazos y responsabilidades, así como disposiciones complementarias y formatos necesarios que deberán observar los diversos actores que tendrán a su cargo las acciones de implementación de la estrategia de reparación de instalaciones sanitarias y pintado de los locales escolares, a nivel nacional, en el marco del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2014; 

Que, asimismo, en atención a lo establecido por numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 001-2014, la OINFE solicita la modificación de los numerales 6.5.10, 6.6.3 y 6.7.1 de la Norma Técnica, "Normas para la ejecución del mantenimiento de los locales escolares de las Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 004-2014-MINEDU, a fin que se amplíen los plazos para las siguientes acciones: 

i) Devolución de los recursos no utilizados hasta el 31 de octubre de 2014, 

ii) Elaboración del informe consolidado del mantenimiento por parte de la DRE o UGEL hasta el 30 de noviembre de 2014, 

iii) Presentación a OINFE, del informe consolidado del Mantenimiento de Locales Escolares elaborado y remitido, hasta el 30 de noviembre de 2014, y 

iv) Presentación del informe final del proceso de Mantenimiento de Locales Escolares a nivel nacional por parte de OINFE, hasta el 31 de diciembre de 2014. 

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la ley 26510; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2014, el Decreto de Urgencia N° 001-2014; el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ para la "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; y, la Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 064-2014-MINEDU; 

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la "Norma Técnica para el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2014, según Decreto de Urgencia N° 001-2014", la misma que forma parte integrante de la presente resolución. 

Artículo 2.- Aprobar la "Base de Datos - Padrón de Locales Escolares 2014, para la implementación del Decreto de Urgencia N° 001-2014", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. 

Artículo 3.- Modificar los literales a y b del numeral 6.5.10, el tercer párrafo del numeral 6.6.3, y el segundo párrafo del numeral 6.7.1 de la Norma Técnica, "Normas para la ejecución del mantenimiento de los locales escolares de las Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 004-2014-MINEDU, en los siguientes términos: 

"6.5.10 Devolución de los recursos no utilizados 

(...) 

a. Hasta el 31 de octubre del 2014: Depositar a la cuenta de ahorro abierta a su nombre. (...). 

b. Después del 31 de octubre de 2014: Procederá la devolución en la tesorería de la UGEL de su jurisdicción 

(...)". 

"6.6.3 Elaboración del informe consolidado del mantenimiento de la DRE o UGEL 

(....) 

El informe consolidado del Mantenimiento de Locales Escolares debe ser elaborado y remitido a OINFE hasta el 30 de noviembre de 2014 (...)". 

"6.7.1 Del informe final del Proceso de Mantenimiento de locales Escolares a Nivel Nacional. 

(...) 

La OINFE presentará el informe final hasta el 31 de diciembre de 2014 (...)". 

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe). 

Regístrese, comuníquese y publíquese. 

DESILU LEON CHEMPEN 
Secretaria General 
Ministerio de Educación 


Ministerio de Educación amplía a 50 mil metas para la reubicación docente


El Ministerio de Educación emitió hoy la Resolución Ministerial 365-2014-MINEDU que incrementa de 40 mil a 50 mil las metas por escala y grupo, asignadas a los Concursos Excepcionales de Reubicación a la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta escalas magisteriales.

Esta cifra representa un incremento de 10 mil posibilidades de ascenso en las escalas de la carrera pública magisterial, que junto a la meta inicial, totalizan 50 mil cupos para los profesores de las escuelas de la costa, sierra y selva del país, quienes a través de esta evaluación, contemplada en la Ley de Reforma Magisterial, mejorarán sus remuneraciones hasta en un 100%. Para el año 2015, el presupuesto asignado para atender la reubicación alcanzaría los 280 millones de soles.

Cabe recordar a los maestros que evaluación les permitirá por única vez ascender varias escalas y que de no aprobar, no se producirán efectos negativos. Asimismo, el ascenso les permitirá poder alcanzar los niveles en la escala necesarios para postular a cargos directivos en el futuro.

Este es un importante esfuerzo que realiza el Ministerio de Educación en el marco de la política de la revalorización docente que reconoce al profesor como el actor clave para la mejora de la calidad educativa del país.

El Minedu recuerda a todos los maestros provenientes de la Ley del Profesorado que tienen hasta el lunes 11 de agosto para realizar el proceso de inscripción. Para ello, deben ingresar a www.minedu.gob.pe, tener a mano su correo electrónico, DNI y llenar la ficha de inscripción. Luego debe concluir su inscripción acudiendo a la agencia del Banco de la Nación más cercana.